Medidas aprobadas en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, en el acuerdo de 19 de junio, del Consell (DOVG 20-06-20).
Piscinas
Se permite un aforopara la apertura de piscinas con una ocupación máxima del 75% y guardar la distancia social de 1,5 metros entre los usuarios de la piscina y zonas de jardín; las comunidades que sobrepasen este aforo podrán implantar un sistema de cita previa cuando no haya posibilidad de garantizar las medidas de seguridad.
La limpieza de las zonas comunes debe realizarse como mínimo antes de la apertura de las instalaciones.
La Comunidad de Propietarios debe informar a los vecinos y usuarios de las normas de higiene y prevención, así como el aforo máximo permitido a través de carteles en las propias instalaciones, y recordar la obligación de abandonar la piscina inmediatamente ante cualquier síntoma Covid-19.
Descargar Diario Oficial de la Generalitat Valenciana: aquí
Juntas de Propietarios presenciales
Se fija un aforo del 75% (en función del lugar que albergue la reunión) y al igual que en las demás instalaciones de la comunidad habrá que respetar una distancia mínima de seguridad entre los asistentes de 1,5 metros o el uso de mascarilla, si no fuera posible el garantizar la distancia de seguridad.
Zona de juegos para los más pequeños
Todas las instalaciones de la comunidad pueden usarse con las mismas condiciones de higiene y respeto de la distancia de seguridad de 1,5 m, con la obligación de utilizar la mascarilla si no es posible mantener la distancia social.